Noticias sobre Prevención del Blaqueo de Capitales
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05/05/2014
Aprobado Real Decreto 304/2014 de 5 de Mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 10/2010.
Normativa de prevención del blanqueo de capitales
Real Decreto 304/2014 de 5 de mayo por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo (BOE 5/5/14).
Legislación
Título:
Real Decreto 304/2014, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo
Año:
2014
Observaciones:
Desarrolla:
La ley 10/2010, de 28 de abril
Deroga:
El Real Decreto 925/1995, de 9 de junio
Claves:
Blanqueo capitales-Sujetos obligados-Diligencia debida-Obligaciones- Casinos de juego- Promoción inmobiliaria - Auditores-Contables externos-Asesores fiscales-Notarios- Abogados- Procuradores-Gestores de sistema de pago- Régimen sancionador- Comisión de Prevención del blanqueo de capitales e infracciones monetarias-Servicio Ejecutivo-Fichero de titularidades financierasperaciones.
Resumen:
Culmina el nuevo enfoque orientado al riesgo de la normativa en España.
Incorpora las principales novedades de la normativa internacional a partir de la aprobación de las nuevas Recomendaciones de GAFI.
Establece la obligación de los sujetos obligados de analizar los riesgos principales en función del tipo de negocio, de productos y de clientes con los que establezcan relaciones de negocio.
Redimensiona las obligaciones de tipo procedimental exigidas a ciertos tipos de sujetos obligados.
Limita las obligaciones procedimentales para los sujetos de tamaño reducido.
Incrementa la exigencia a los sujetos obligados en función de la dimensión y volumen de negocio.
Desarrolla el art. 43 de la Ley 10/2010, de 28 abril, por el que se prevé la creación de un Fichero de Titularidades Financieras.
Revisa el esquema institucional dedicado a la prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.
Refuerza a la Comisión mediante la ampliación de las instituciones en ella participantes y la creación de un nuevo órgano dependiente de aquella, el Comité de Inteligencia Financiera.
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